PENALES

Artículo II.1o.44 P (10a.). RATIFICACIÓN DE LA DETENCIÓN. EL AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA ES PROCEDENTE, SIEMPRE QUE SE RECLAME JUNTO CON EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y POR ENDE, NO SE ACTUALIZA UN CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladadécima-Épocacomún,-penal

Texto Legal

RATIFICACIÓN DE LA DETENCIÓN. EL AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA ES PROCEDENTE, SIEMPRE QUE SE RECLAME JUNTO CON EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y POR ENDE, NO SE ACTUALIZA UN CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA.

En la etapa de investigación dentro del sistema procesal acusatorio y oral en el Estado de México, corresponde al Ministerio Público llevar a cabo todos los actos tendentes a esclarecer la verdad de los hechos materia de la denuncia o querella para preparar debidamente la acusación. Una vez realizada la imputación, el Juez de control tiene la obligación constitucional de resolver la situación jurídica del imputado, vinculándolo, en su caso, a proceso, en los términos y condiciones previstos en los artículos 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 293 del Código de Procedimientos Penales para la entidad. Ahora bien, con el dictado del auto de vinculación a proceso no se provoca un cambio de situación jurídica, en correlación con la ratificación de la detención, que actualice la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XVII, de la Ley de Amparo, pues la restricción de la libertad no deriva de dicho auto, el cual tiene únicamente la finalidad de sujetar a una persona a una investigación judicializada, pero formalmente no es el acto que la priva de la libertad, sino las providencias determinadas para ello, entre otras, la prisión preventiva oficiosa, pero en ninguno de estos actos (imposición de la medida cautelar o el auto de vinculación a proceso), se analiza la detención de un individuo y, por ende, puede ser materia de estudio en la vía constitucional, con independencia de que ya exista un auto de vinculación a proceso, máxime si el quejoso lo impugna también como acto destacado, porque en caso de existir alguna violación en esa etapa, se estaría en posibilidad de resarcir la afectación, al declarar su ilegalidad y determinar las pruebas que con motivo de ellas son ilícitas, para finalmente ordenar su exclusión en los subsecuentes actos (entre ellos, el auto de vinculación a proceso); de ahí que contra la ratificación de la detención del inculpado en la audiencia de control, proceda el amparo indirecto, siempre que se reclame junto con el auto de vinculación a proceso, al no actualizarse la referida causa de improcedencia.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.

---

Registro digital (IUS): 2012483

Clave: II.1o.44 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2939

Precedentes

Amparo en revisión 55/2016. 26 de mayo de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Sánchez Jiménez. Secretaria: Carmen Yadira Reyes Muñoz.Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 203/2017 de la Primera Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 31/2019 (10a.) de título y subtítulo: "DETENCIÓN. LA EMISIÓN DEL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO NO ACTUALIZA UN CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA CUANDO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO SE RECLAMÓ SU CALIFICACIÓN."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo II.1o.44 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo II.1o.44 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. II.1o.44 P (10a.) del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. II.1o.44 P (10a.) PENALES desde tu celular