PENALES

Artículo I.4o.P.12 P (10a.). DELITO FISCAL. PARA ACREDITAR LA CALIFICATIVA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 97 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, RELATIVA A CUANDO LO COMETE O EN CUALQUIER FORMA PARTICIPA UN FUNCIONARIO O EMPLEADO PÚBLICO EN SU COMISIÓN, NO BASTA QUE EL SUJETO ACTIVO TENGA UN CARGO DE ESA NATURALEZA, SINO QUE ES NECESARIO QUE LO EFECTÚE VALIÉNDOSE DE SUS FUNCIONES PÚBLICAS O CON MOTIVO DE ELLAS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DELITO FISCAL. PARA ACREDITAR LA CALIFICATIVA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 97 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, RELATIVA A CUANDO LO COMETE O EN CUALQUIER FORMA PARTICIPA UN FUNCIONARIO O EMPLEADO PÚBLICO EN SU COMISIÓN, NO BASTA QUE EL SUJETO ACTIVO TENGA UN CARGO DE ESA NATURALEZA, SINO QUE ES NECESARIO QUE LO EFECTÚE VALIÉNDOSE DE SUS FUNCIONES PÚBLICAS O CON MOTIVO DE ELLAS.

El derecho penal democrático tiene, entre sus fundamentos, el principio de culpabilidad, conforme al cual, sólo es posible imponer una sanción si el hecho ilícito se comete dolosa o al menos culposamente; por tanto, descarta la responsabilidad objetiva. Así, agravar la pena por la comisión de un delito fiscal por el solo hecho de que el sujeto activo sea funcionario o empleado público, es responsabilizarle objetivamente; de ahí que para acreditar la calificativa prevista en el artículo 97 del Código Fiscal de la Federación, relativa a cuando el delito fiscal lo comete o en cualquier forma participa en su comisión un funcionario o empleado público, no basta que el sujeto activo tenga un cargo de esa naturaleza, sino que es necesario que lo efectúe valiéndose de sus funciones públicas o con motivo de ellas.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2012556

Clave: I.4o.P.12 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2653

Precedentes

Amparo directo 170/2015. 2 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Lara González. Secretaria: María Abel Ramos Ávalos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.P.12 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.P.12 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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