PENALES

Artículo 1a. CCXXII/2017 (10a.). PROTECCIÓN A PERIODISTAS. LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL PARA ATRAER DE DELITOS COMUNES RELACIONADOS CON EL EJERCICIO PERIODÍSTICO DEBE UTILIZARSE ATENDIENDO A UNA DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL TÉRMINO "PERIODISTA".

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

PROTECCIÓN A PERIODISTAS. LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL PARA ATRAER DE DELITOS COMUNES RELACIONADOS CON EL EJERCICIO PERIODÍSTICO DEBE UTILIZARSE ATENDIENDO A UNA DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL TÉRMINO "PERIODISTA".

El artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales prevé la posibilidad de que el Ministerio Público Federal conozca de casos que involucren delitos comunes, cuando sean cometidos en contra de periodistas, personas o instalaciones, que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta. Esto, a su vez, implica que serán los jueces federales quienes serán competentes para conocer de dichos casos. Lo anterior se justifica puesto que impide que las investigaciones, procesamientos, y enjuiciamiento de los hechos sean parciales, en tanto, normalmente, los periodistas se enfrentan a las autoridades locales en ejercicio de su libertad de expresión. Ahora bien, para el ejercicio de dicha facultad, basta con que la persona realice la función periodística, sin que sea necesario que presente acreditación de algún medio de comunicación.

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Registro digital (IUS): 2015753

Clave: 1a. CCXXII/2017 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Diciembre de 2017; Tomo I; Pág. 439

Precedentes

Amparo en revisión 1422/2015. Edwin Artemio de la Cruz Canché Pech. 1 de marzo de 2017. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Arturo Bárcena Zubieta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CCXXII/2017 (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CCXXII/2017 (10a.) de la J. Penales SCJN?

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