Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si en el mandamiento de captura no se expresa razón alguna tendiente a demostrar que las pruebas de la averiguación previa apoyan la denuncia y hacen probable la responsabilidad del acusado en la comisión de los delitos que se le imputan, sino que se concreta a citar las pruebas y a sostener que de ellas se deduce esa responsabilidad, sin expresar los motivos que se tuvieron en cuenta para estimarlo así, se dejó de adecuar el caso concreto a la hipótesis del artículo 16 de la Constitución Federal, lo que constituye falta de motivación del acto reclamado.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800554
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 446
Amparo en revisión 64/87. Pedro Cortés Cruz. 24 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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