PENALES

Artículo IUS 800922. CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha venido declarando que el juzgador goza en principio, de las más amplias facultades para la comprobación del cuerpo del delito, aun cuando se aparte de los medios específicamente señalados por la ley, con tal de que los empleados no pugnen con la propia ley, con la moral o con las buenas costumbres.

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Registro digital (IUS): 800922

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 1101/59. Eucario García Cruz y coagraviados. 2 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800922 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800922 de la J. Penales SCJN?

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