PENALES

Artículo IUS 800935. INCONSCIENCIA, ESTADO PSICOLOGICO QUE REQUIERE PRUEBA ESPECIAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

INCONSCIENCIA, ESTADO PSICOLOGICO QUE REQUIERE PRUEBA ESPECIAL.

Para diagnosticar el estado de inconsciencia se requieren, por su naturaleza eminentemente psicológica, pruebas técnicas especiales; la declaración del acusado no puede conceptuarse suficiente, siendo necesario el dictamen de peritos.

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Registro digital (IUS): 800935

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 2245/60. J. Guadalupe Galván Lázaro. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800935 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800935 de la J. Penales SCJN?

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