PENALES

Artículo IUS 800955. PERITOS, APRECIACION DE SUS DICTAMENES.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PERITOS, APRECIACION DE SUS DICTAMENES.

La responsable no violó en perjuicio del quejoso las reglas que rigen la apreciación de las pruebas al conceder eficacia probatoria a los dictámenes de los peritos oficiales y al rendido por los terceros en discordia, descartando el de la defensa, ya que de acuerdo con sus facultades decisorias puede conceder o negar valor probatorio a dicho medio de convicción, si está o no debidamente fundado, siendo pertinente hacer notar que a los peritos no les concierne decidir sobre la responsabilidad del inculpado.

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Registro digital (IUS): 800955

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 54

Precedentes

Amparo directo 3749/61. Juan Anchundia Carmona. 17 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800955 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800955 de la J. Penales SCJN?

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