Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si no existe en autos dictamen médico sobre la ofendida, el Juez natural goza, en principio, de las más amplias facultades para la comprobación del cuerpo del delito, con tal que los medios empleados no sean contrarios a la moral o las buenas costumbres ni se opongan a las disposiciones legales.
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Registro digital (IUS): 801050
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 71
Amparo directo 7769/60. Zenón Rodríguez Orozco. 7 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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