PENALES

Artículo IUS 801081. AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y DEL DISTRITO FEDERAL).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y DEL DISTRITO FEDERAL).

El delito de amenazas, previsto y sancionado por el artículo 221, fracción I, del Código Penal del Estado de Guanajuato, afecta la paz y seguridad de las personas, por lo que, para configurarse, conforme lo ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo que concierne a la ley penal vigente en el Distrito y Territorios Federales, similar a la de aquella Entidad, se requiere que consista en hechos concretos capaces de producir un estado de inquietud, zozobra o desasosiego, de inseguridad en el disfrute de los derechos protegidos por las leyes, durante un lapso más o menos prolongado, pero siempre futuro, que impliquen el anuncio de un mal cierto y posible, por lo que las expresiones ambiguas y de potencial ejecución inmediata, no constituyen este delito, pues de otro modo, todos los actos preparatorios, de tentativa, así como los simples amagos, quedarían incluidos en el mencionado delito, lo que no es jurídicamente posible.

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Registro digital (IUS): 801081

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 5906/62. Rafael Magueyal Palma. 12 de septiembre de 1963. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. La publicación no menciona el nombre del ponente.Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CVIII, Segunda Parte, página 41, de rubro "AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE.". Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 21, página 13, bajo el rubro "AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801081 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801081 de la J. Penales SCJN?

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