PENALES

Artículo IUS 801175. DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE. TOXICOMANOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE. TOXICOMANOS.

El concepto de violación relativo a que el quejoso no debió ser condenado por su calidad de adicto a fumar marihuana, es inoperante, si exclusivamente se le condenó por el delito contra la salud en la modalidad de tráfico, mas no en la de posesión; y el juicio de culpabilidad descansa, no en el hecho de que llevase consigo la marihuana, sino en los actos de venta que realizó con el enervante. En las condiciones apuntadas, carece de relevancia su calidad de toxicómano.

---

Registro digital (IUS): 801175

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 1507/59. Rafael Ham López. 17 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801175 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801175 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 801175 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 801175 PENALES desde tu celular