Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si el Juez conceptuó que al ser atacada la víctima por la espalda no tuvo oportunidad de defenderse ni de evitar el mal, esta circunstancia constituye la calificativa de alevosía aunque no haya expresado el Juez el nombre de ella, resultando por tanto fundada la apreciación de la autoridad responsable, en el sentido de que el inferior se había apegado a la ley al concluir que se trataba de un homicidio calificado.
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Registro digital (IUS): 801181
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 16
Amparo directo 290/59. Anacleto López Ramos. 2 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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