PENALES

Artículo IUS 801258. TESTIGO SINGULAR, APRECIACION DE SU DICHO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

TESTIGO SINGULAR, APRECIACION DE SU DICHO.

Debe concederse la protección constitucional solicitada por el quejoso, si no existe en autos más que la imputación que le hace un testigo, la cual no encuentra corroboración alguna en las demás constancias procesales, por lo que la prueba resulta insuficiente.

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Registro digital (IUS): 801258

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo 5281/58. Joaquín Ibáñez y coagraviado. 27 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801258 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801258 de la J. Penales SCJN?

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