Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Conforme al principio de inmediación que ha sustentado uniformemente la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las diligencias posteriores no invalidan para nada el valor probatorio de las primeras.
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Registro digital (IUS): 801379
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 66
Amparo directo 4365/60. Leopoldo Nonato Salas. 28 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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