PENALES

Artículo IUS 801503. DAÑO ABSOLUCION DEL PAGO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

DAÑO ABSOLUCION DEL PAGO DE.

Sí hubo violación de garantías, si no obra ninguna constancia sobre la cuantía de los daños, ni el juzgador la precisa, y tanto el de primera instancia como el de segunda, se limitan a expresar: "Se le condena a la reparación del daño", sin señalar su monto, ni razonar absolutamente nada sobre el particular; y si por otra parte, no hay datos en la causa que permitan deducir esos daños, procede amparar al quejoso para el único efecto de que se pronuncie una nueva resolución en la que, subsistiendo la declaratoria de culpabilidad, sólo se le absuelva del pago de dicha reparación.

---

Registro digital (IUS): 801503

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 2691/61. 22 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801503 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801503 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 801503 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 801503 PENALES desde tu celular