Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Es violatoria de garantías la sentencia que fija penas acumuladas al autor de los delitos de homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena por imprudencia, ocurridos en un solo hecho, volcadura de un vehículo, ya que conforme al artículo 62, reformado, del Código Penal del Estado, los delitos por imprudencia se castigarán con prisión de dieciséis días a cinco años, con suspensión hasta de dos años o privación definitiva de derechos para ejercer profesión y oficio según sea la imprudencia leve o grave.
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Registro digital (IUS): 801506
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 40
Amparo directo 1180/61. Felipe Chávez Herrera. 21 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801505. ENERVANTES, DELITO DE POSESION DE.
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Art. IUS 801509. CONDENA CONDICIONAL IMPROCEDENTE.
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