Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si no obra en autos ninguna constancia demostrativa de los daños que sea preciso reparar, toda vez que ni el ofendido ni el Ministerio Público aportaron ningún dato al respecto, en ausencia total de elementos de convicción relativos, la condena a esa sanción pecuniaria es violatoria de garantías individuales.
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Registro digital (IUS): 801989
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 95
Amparo directo 3544/58. Amador Arellano Cervantes. 30 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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