Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
No tiene razón el reo en cuanto parte de la base de que no debió sancionársele sino por un delito, si se satisficieron los requisitos de ambas figuras delictivas y tiene responsabilidad respecto de las dos.
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Registro digital (IUS): 802023
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 52
Amparo directo 1587/59. Benito Romero Orozco. 14 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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