Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La modificativas en los delitos, para que sean procedentes en derecho, deben quedar plenamente comprobadas.
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Registro digital (IUS): 802187
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 24
Amparo directo 2359/63. Manuel o Angel Moreno Pimienta. 25 de noviembre de 1963. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo directo 6741/62. Pedro Barragán Linares. 21 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo directo 5245/62. Amador García. 21 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.Amparo directo 6186/63. Benjamín Granados Luna. 15 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Amparo directo 3895/63. Francisco Herrera Martínez. 15 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.Amparo directo 8396/62. José Cruz Martínez. 15 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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