PENALES

Artículo IUS 802243. AMENAZAS, DELITO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

AMENAZAS, DELITO DE.

Para que se integre la infracción penal a que se refiere el artículo 216 del Código Penal, es necesario que los actos ejecutados por el sujeto activo, produzcan en la persona a la que van dirigidos, un estado de ánimo que perturbe su tranquilidad, que le produzca desasosiego o zozobra, por el peligro de que se consume algún mal futuro en su contra.

---

Registro digital (IUS): 802243

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 3756/62. Eutimio García Cruz. 31 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen CVIII, página 41, de rubro "AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802243 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802243 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 802243 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 802243 PENALES desde tu celular