PENALES

Artículo IUS 802315. EVASION DE PRESOS. IMPRUDENCIA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

EVASION DE PRESOS. IMPRUDENCIA.

Si no hubo acuerdo entre las partes, y los reos, para fugarse, se sirvieron del descuido transitorio del policía acusado, procede concederle la protección federal para el solo efecto de que la responsable dicte nueva sentencia tomando en cuenta lo anterior y le imponga penalidad por la especie de culpabilidad imprudencial en que incurrió.

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Registro digital (IUS): 802315

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 138

Precedentes

Amparo directo 6450/58. Anastasio Martínez Padilla. 21 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802315 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802315 de la J. Penales SCJN?

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