Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El arbitrio judicial en la adecuación de las sanciones no sólo puede determinarse por el daño objetivo y por la forma de su consumación, como sostiene la escuela clásica, sino que deben evaluarse también los antecedentes de los acusados.
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Registro digital (IUS): 802326
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 188
Amparo directo 4108/58. José Osuna Valdez y coagraviado. 16 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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