Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
En la materia penal no se limita el valor de un testimonio en orden a la edad de quien lo produce, y corresponde al Juez, en cada caso, determinar su valor probatorio.
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Registro digital (IUS): 802338
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 223
Amparo directo 6141/57. Raúl Rivas Manquero. 13 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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