PENALES

Artículo IUS 802362. ESTUPRO (LEGISLACION DE HIDALGO).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ESTUPRO (LEGISLACION DE HIDALGO).

Contra la presunción que establece la ley por el solo hecho de la minoría de edad de la ofendida, que permitió a la autoridad responsable presumir la seducción y el engaño, en los términos de la parte final del artículo 248 del Código de Defensa Social del Estado de Hidalgo, sólo cabría, para destruir esa presunción, la existencia de pruebas plenas que la contrariaran.

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Registro digital (IUS): 802362

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 2680/58. Anselmo Nájera Armenta. 31 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802362 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802362 de la J. Penales SCJN?

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