PENALES

Artículo IUS 802379. RESPONSABILIDAD PENAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RESPONSABILIDAD PENAL.

Para que una conducta antijurídica sea reprochable al agente culpablemente, es necesario que se acredite el nexo de causalidad que debe existir entre el comportamiento desplegado por el imputado y el resultado ulterior. Es decir, no basta que una conducta sea típica y antijurídica para que la misma sea reprochable al agente, pues para que ello sea así requiere que éste sea culpable.

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Registro digital (IUS): 802379

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 148

Precedentes

Amparo directo 3588/58. Melesio López Alvarado. 10 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802379 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802379 de la J. Penales SCJN?

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