PENALES

Artículo IUS 802380. RETRACTACION DEL OFENDIDO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RETRACTACION DEL OFENDIDO.

Estuvo en lo justo el sentenciador al desestimar la posterior retractación del ofendido, si no fue apoyada en ningún otro elemento de convicción; mientras que su versión inicial se robustece con una serie de datos que enlazados conducen a la certeza de la imputación inicialmente hecha.

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Registro digital (IUS): 802380

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 154

Precedentes

Amparo directo 1791/58. Joel Aparicio Guzmán. 5 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen CVIII, página 44, de rubro "RETRACTACION DEL OFENDIDO.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802380 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802380 de la J. Penales SCJN?

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