Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
No puede aceptarse la tesis propuesta por el acusado de que la reincidencia debe ser precisamente intencional, ya que no existe en los artículos 12 y 90 del Código Penal Federal, una base para esta interpretación, sino que simplemente, se habla de delincuente primario y es manifiesto que se puede ser delincuente por imprudencia.
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Registro digital (IUS): 802498
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 126
Amparo directo 260/59. Antonio López López. 2 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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