Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si las lesiones pusieron en peligro la vida del ofendido, indebidamente se aumenta la pena en atención al tiempo que tardó en sanar, fundándose en el artículo 251 del Código Penal, artículo que es enteramente inaplicable, pues ha sido criterio constante de la Primera Sala de la Suprema Corte que ese aumento se refiere exclusivamente a lesiones que no pusieron en peligro la vida.
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Registro digital (IUS): 802590
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 156
Amparo directo 6023/57. Guillermo Gamboa Alvarez. 14 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen X, página 90, "LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.".Volumen IX, página 98, tesis de rubro "LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.". Volumen VII, página 64, tesis de rubro "LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA, PENA APLICABLE A LAS (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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