PENALES

Artículo IUS 802718. ERROR EN EL GOLPE (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ERROR EN EL GOLPE (LEGISLACION DE VERACRUZ).

La legislación del Estado de Veracruz sustenta la concepción unitaria del delito, no pudiendo establecerse en un evento la coexistencia de los delitos intencional e imprudencial, sino uno u otro. De tal manera que cuando el reo alcanzó con el golpe que iba dirigido a su contrincante, a un tercero, quien resultó muerto, el dolo, que preside la acción se expande al resultado último, excluyente toda posibilidad de que el homicidio habido pudiera estimarse como culposo, de acuerdo, como se dijo, con la concepción unitaria del delito.

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Registro digital (IUS): 802718

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 124

Precedentes

Amparo directo 2930/56. Agripino Gutiérrez Castillo. 6 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802718 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802718 de la J. Penales SCJN?

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