Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aun cuando sea verdad que el ofendido se haya llevado la mano a la cintura como para sacar pistola, esta actitud no configura la excluyente de que se trata, en ausencia de los elementos agresión actual e inminencia de peligro.
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Registro digital (IUS): 802725
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 151
Amparo directo 2500/57. Hermenegildo Soto González. 9 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:Volumen X, página 89, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen IX, página 82, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen VI, página 176, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen I, página 76, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII, Segunda Parte, página 187, de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802723. IMPRUDENCIA. CONCURRENCIA DE CULPAS.
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Art. IUS 802730. RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA. HOMICIDIO CALIFICADO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
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