PENALES

Artículo IUS 802749. PREMEDITACION.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PREMEDITACION.

La calificativa de premeditación, tratándose de las lesiones y el homicidio, tiene un carácter subjetivo, porque el agente resuelve previa deliberación mental, previo pensamiento reflexivo, la comisión de un hecho de sangre. Así pues, de la definición legal de dicha circunstancia calificativa, se desprenden dos elementos: a) un transcurso de tiempo más o menos largo entre la resolución y la ejecución del delito; y b) que el agente, en el transcurso, haya meditado reflexivamente, deliberado maduramente su resolución.

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Registro digital (IUS): 802749

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Segunda Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 4176/57. Luis Cornelio Ramón. 15 de enero de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Genaro Ruiz de Chávez. Ponente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802749 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802749 de la J. Penales SCJN?

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