PENALES

Artículo IUS 802766. EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.

Para que el estado de inconsciencia, como causa excluyente de imputabilidad, opere, es necesario que el agente no procure la embriaguez en un acto deliberado, toda vez que el requisito de que sea accidental elimina los casos en que su empleo sea simplemente ocasional, en razón de que la exculpación no cubre al vicioso, por su peligrosidad.

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Registro digital (IUS): 802766

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 54

Precedentes

Amparo directo 6002/57. Ramón Tovar Flores. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802766 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802766 de la J. Penales SCJN?

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