Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aun cuando el acusado sea vicioso, no escapa a la sanción de la ley su actividad de proselitismo, independientemente de que a él se le someta a tratamiento médico.
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Registro digital (IUS): 802775
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Segunda Parte; Pág. 60
Amparo directo 2477/57. Manuel Orozco Villegas. 30 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802771. DROGAS ENERVANTES.
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