PENALES

Artículo IUS 802921. CAREOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

CAREOS.

Siendo la confesión uno de los medios que tradicionalmente se han considerado de aptitud relevante para el logro de la finalidad específica procesal que es el descubrimiento de la verdad, de la verdad histórica, si se emite en diligencia de careo, cobra especial significación ante la dramaticidad característica de la diligencia, porque el falsario es descubierto en su ocultación por quien sostiene la verdad; de ahí que, psicológicamente, acuse mayor importancia que la confesión rendida en forma ordinaria.

---

Registro digital (IUS): 802921

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2318/56. Manuel Segura Olivares. 21 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802921 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802921 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 802921 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 802921 PENALES desde tu celular