Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aunque la testigo, en el careo con la acusada, se haya retractado de su dicho inicial, tal retractación no puede aceptarse si no se demuestran los motivos habidos para hacerla.
---
Registro digital (IUS): 802931
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 111
Amparo directo 2117/56. Estela Ruiz Samayoa. 28 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 802930. PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Siguiente
Art. IUS 802932. RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo