Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala
Si en el proceso no se celebran los careos, que además no fueron solicitados por el inculpado, la omisión de ellos con los testigos que declararon en el proceso no perjudica, si las declaraciones de éstos solamente fueron tomadas en cuenta para robustecer circunstancias de hecho contenidas en la propia confesión del inculpado, por lo que no es factible considerar que se haya incurrido en la violación del artículo 20 constitucional.
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Registro digital (IUS): 803163
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Segunda Parte; Pág. 53
Amparo directo 6418/78. Domingo González Cervantes. 8 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo.Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 50 y sus relacionadas, Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, página 118.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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