PENALES

Artículo IUS 803494. PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.

Es cierto que la calificativa de premeditación requiere para su configuración jurídica, que exista un determinado lapso entre la resolución criminal y la ejecución del delito, que permita al agente meditar y reflexionar sobre sus propósitos, pero esa caracterización de la calificativa no requiere necesariamente que ese transcurso de tiempo sea prolongado, puesto que el planteamiento total del hecho de sangre y la firme resolución de llevarlo a cabo, pueden acaecer en un corto lapso.

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Registro digital (IUS): 803494

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 2442/55 Francisco Ruiz Corrales. 15 de octubre de 1955. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Quinta Epoca:Tomo LXXXI, página 894. Amparo penal directo 3212/41. Solís Huerta Tomás. 13 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803494 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803494 de la J. Penales SCJN?

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