PENALES

Artículo IUS 803501. PARTICIPACION DELICTUOSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PARTICIPACION DELICTUOSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

Si el acusado, valiéndose de los cargos que ostentaba al ser presidente del comisariado ejidal y auxiliar municipal del lugar, no sólo dio posesión de una parcela a su ascendiente y coacusado, sino que lo autorizó a quedarse con los productos que había en la misma, provenientes de la siembra y cultivo realizados por otra persona debe considerársele como copartícipe del delito, por haberlo facilitado con su cooperación moral o inducción en sentido amplio, en los términos del artículo 9o. del Código Penal.

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Registro digital (IUS): 803501

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 631

Precedentes

Amparo directo 759/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803501 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803501 de la J. Penales SCJN?

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