Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Son considerados por el derecho penal como de peligro y no de resultado concreto, y esto es así por la posibilidad de que el uso o consumo de drogas enervantes sin la autorización de las autoridades sanitarias cause lesión a la salud pública o privada.
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Registro digital (IUS): 803532
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 652
Amparo directo 4952/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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