PENALES

Artículo IUS 803529. LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.

El exceso en la legítima defensa, requiere que haya agresión por parte de la víctima y que el rechazo de tal acontecimiento no sea proporcionado al daño que iba a causar, como ocurre tratándose de aquellos casos en que el agresor huye o ha sido desarmado y no obstante se le causa un daño de indiscutible relevancia.

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Registro digital (IUS): 803529

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 650

Precedentes

Amparo directo 1767/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803529 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803529 de la J. Penales SCJN?

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