Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando el sujeto activo supuso que la víctima al abrazarlo lo iba a atacar; pero ello en ninguna forma prueba que en efecto lo hiciera objeto de una agresión que pusiera en peligro real y grave la vida del acusado, no se configura la excluyente de legítima defensa ni la legítima defensa putativa a que aluden los penalistas cuando hay una verdadera simulación de ataque y el sujeto activo subjetivamente le da una existencia que no tiene.
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Registro digital (IUS): 803528
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 650
Amparo directo 1767/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 803524. LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA (LEGISLACION DE MICHOACAN).
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Art. IUS 803529. LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
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