PENALES

Artículo IUS 803542. LEGITIMA DEFENSA Y EXCESO EN ELLA, NO SON ADMISIBLES EN LOS CASOS DE RIÑA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LEGITIMA DEFENSA Y EXCESO EN ELLA, NO SON ADMISIBLES EN LOS CASOS DE RIÑA.

Si la autoridad responsable clasificó correctamente el delito al considerarlo como perpetrado en riña, tal circunstancia excluye la causa exculpante de defensa legítima y el exceso en ella, habida cuenta de que la primera supone dos agresiones igualmente ilícitas; en tanto que éstas la objetividad de la violencia por parte del que se defiende no es agresión, sino rechazo.

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Registro digital (IUS): 803542

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 657

Precedentes

Amparo directo 5018/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803542 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803542 de la J. Penales SCJN?

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