Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
Si el inculpado manifestó que recibió una cantidad de dinero de la que dispuso en su carácter de presidente de un comité ejecutivo agrario, la circunstancia de que ocupe tal puesto, no significa que tenga el carácter de autoridad; y tampoco se configura ninguno de los delitos previstos por los artículos 353 y 354 del Código Agrario, ni la Federación ha sido sujeto pasivo en la comisión de los hechos delictuosos, por lo que no satisfaciéndose ninguno de los incisos y fracciones especificados en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el delito imputado no es federal, y es la autoridad del fuero común la competente para conocer del proceso respectivo.
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Registro digital (IUS): 803546
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCV, Primera Parte; Pág. 9
Competencia 82/64. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Huejutla, Hidalgo y el Juez de Distrito en el Estado de Hidalgo. 11 de mayo de 1965. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XVII.1o.P.A.8 P (10a.). LIBERTAD PREPARATORIA. SI EL JUEZ NIEGA ESTE BENEFICIO PORQUE EL SENTENCIADO QUE LA SOLICITA NO HA CUMPLIDO CON LAS TRES QUINTAS PARTES DE SU CONDENA SIN ABRIR EL INCIDENTE RESPECTIVO A FIN DE CONOCER SI CUMPLE O NO CON LOS REQUISITOS LEGALES PARA SU CONCESIÓN, CONTRAVIENE SU DERECHO HUMANO CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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