Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Con respecto a las declaraciones de cargo de los coprocesados, según criterio unificado de esta Sala, cuando los declarantes no tratan de rehuir o eludir responsabilidad escudándose en la de sus coacusados, surten efectos probatorios, siempre y fundamentalmente, como condición sine qua non, que reúnan las características que deben tener los testigos para que el juzgador pueda calificar sus dichos como plenamente probatorios, entre otras, probidad y buenos antecedentes que los hagan idóneos, es decir, dignos de fe y crédito, conforme a las normas que rigen la prueba testimonial.
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Registro digital (IUS): 803682
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 811
Amparo directo 3249/51. Ismael Rodríguez Reza. 11 de julio de 1952. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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