PENALES

Artículo IUS 803788. ROBO, MONTO DEL (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ROBO, MONTO DEL (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

Si conforme a la confesión del acusado, que es el único elemento de prueba, el monto de lo robado es inferior al que manifestó el ofendido y que sirvió de base al sentenciador para cuantificar la pena, esta cuantificación quebranta, en perjuicio del propio acusado, las prevenciones de los artículos 47 y 48 del Código Penal, en particular la de la fracción I del segundo de esos artículos, en virtud de que la extensión del daño causado es menor de la señalada por la autoridad responsable.

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Registro digital (IUS): 803788

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1534

Precedentes

Amparo penal directo 797/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Rodolfo Chávez Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803788 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803788 de la J. Penales SCJN?

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