PENALES

Artículo IUS 803791. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL.

La posibilidad de suplencia de la queja de que disfruta la Suprema Corte de Justicia, lo es para la formulada de manera deficiente, pero no puede extenderse hasta el examen de actos que provienen de autoridades diversas de aquellas que han sido señaladas como responsables, pues ello implicaría una derogación al principio de la jurisdicción rogada, y convertiría el juicio de garantías en una revisión oficiosa de toda intervención de autoridad dentro de la secuela de un proceso.

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Registro digital (IUS): 803791

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1545

Precedentes

Amparo penal directo 867/50. Romero Martínez Ranulfo. 19 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803791 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803791 de la J. Penales SCJN?

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