PENALES

Artículo IUS 803893. PREMEDITACION Y ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PREMEDITACION Y ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.

No puede aceptarse que quien ha recibido una grave injuria y declina una incitación para pelear obre con premeditación, si pasadas algunas horas y encontrándose en estado de ebriedad, recuerda el incidente, resuelve aceptar el reto y al efecto y con ese fin sale a buscar a su retador, con la circunstancia de que por encontrarse donde hay poca visibilidad y por haber ingerido alcohol, lo confunde con otra persona con quien sólo existen motivos conocidos de amistad y, sin darle tiempo para que se defienda, la ataca hasta causarle la muerte, caso en el que sólo aparece configurada la alevosía.

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Registro digital (IUS): 803893

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 445

Precedentes

Amparo penal directo 401/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803893 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803893 de la J. Penales SCJN?

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