PENALES

Artículo IUS 804010. ROBO EN LUGAR CERRADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ROBO EN LUGAR CERRADO.

Si el robo lo perpetró el acusado en un cuarto, que por su propia naturaleza constituye un lugar cerrado, puesto que tiene puerta de entrada y salida que lo intercepta, es indudable que la consideración de la autoridad responsable, de que el hecho criminoso fue cometido en lugar cerrado, no es ilegal.

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Registro digital (IUS): 804010

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 686

Precedentes

Amparo penal directo 507/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804010 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804010 de la J. Penales SCJN?

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