PENALES

Artículo IUS 804136. PRETERINTENCIONALIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRETERINTENCIONALIDAD.

Si el imputado pretende justificar su comportamiento, al afirmar que disparó contra su víctima no con el propósito de lesionarla, sino con el de amedrentarla, tal preterintencionalidad de la conducta no excluye el reproche penal de su comportamiento.

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Registro digital (IUS): 804136

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1056

Precedentes

Amparo penal directo 3553/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Genaro Ruiz de Chávez se excusó del conocimiento del asunto. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804136 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804136 de la J. Penales SCJN?

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