Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Una conducta humana sólo puede ser reprochable a título de culpabilidad, cuando la prohibición que establece la ley, o la omisión en que incurre el agente por no hacer lo debido, están definidos como delitos en el catálogo de infracciones del código represivo.
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Registro digital (IUS): 804140
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1066
Amparo penal directo 4693/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 804137. ROBO CONTINUADO.
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