Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si entre el momento de concepción de su designio criminoso, que lo fue a partir del instante en que concibió tal designio, esto es, cuando se dirigió a su casa en busca del arma con la que dio muerte al ofendido, y al través de la búsqueda de su víctima, se hace ostensible la perseverante resolución del reo de vengar un ultraje recibido, supuesto que ello evidencia su persistente propósito de matar o herir, se ve que su conducta no sólo hace ostensible esa deliberación que precede a todo acto lesivo de intereses protegidos por el Derecho, sino que aun concurre con la acción lo que el Derecho material designa como preordenación de medios, esto es, cuando el agente se hace de los objetos que va a utilizar como instrumentos del delito.
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Registro digital (IUS): 804260
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 802
Amparo penal directo 3689/51.Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a. CCLXXII/2013 (10a.). CONEXIDAD DE DELITOS. EL EJERCICIO DE LA FACULTAD COMPETENCIAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN XXI, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES APLICABLE A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES ESTATALES QUE CONOZCAN DELITOS CONEXOS DEL FUERO COMÚN Y FEDERAL.
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Art. IUS 804261. RIÑA.
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